Los empleadores tienen plazo hasta el viernes 31 de octubre para comunicar a las entidades depositarias de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).
Tienen que informar el importe de las 6 últimas remuneraciones mensuales brutas de cada trabajador, conforme a lo establecido en el D.S. Nº 016-2010-TR.
Esta obligación, según el Estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez, Mur, es distinta a la señalada en el D.U. 001-2014, que dispone la obligación del empleador de informar a las entidades depositarias de la CTS sobre el monto intangible para hacer efectivo el retiro temporal del exceso de las 4 últimas remuneraciones.
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